La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó que la Unidad de Inteligencia Financiera pueda bloquear cuentas bancarias sin orden judicial previa en ciertos casos, al considerar que se trata de una herramienta clave para frenar operaciones ilícitas.
El fallo establece que estos bloqueos no constituyen una sanción definitiva, sino una medida preventiva orientada a evitar el movimiento de recursos posiblemente vinculados a actividades ilegales, mientras se realizan las investigaciones correspondientes.
De acuerdo con la Corte, esta facultad busca proteger la integridad del sistema financiero y fortalecer el combate contra delitos como el lavado de dinero y el financiamiento ilícito.
El criterio también marca límites: aunque la UIF puede actuar sin orden judicial en escenarios específicos, sus decisiones pueden ser impugnadas y deben ajustarse a controles legales posteriores.
La resolución vuelve a poner sobre la mesa el equilibrio entre seguridad financiera y derechos individuales.
Una herramienta más para combatir delitos… pero bajo vigilancia constitucional.




