· Comercios y empresas estarán obligados a cubrir requisitos para mayor seguridad de la población
· Esta reforma viene a legalizar y darle formalidad a procesos y/o acciones que se estaban realizando
Integrantes del Cabildo capitalino aprobaron la reforma al artículo 137 del Reglamento de Protección Civil del Municipio de Durango para que todo comercio y/o empresa que maneje o almacene sustancias peligrosas y aquellos que por su uso y destino reciban afluencia de personas o concentraciones masivas de cualquier índole, estén obligados a cumplir con una serie de requisitos.
Si bien estos requisitos se exigen en las diversas dependencias en el Reglamento no estaba estipulado, de allí la importancia de esta reforma que brindará mayor seguridad a los ciudadanos y protección a comercios y empresas en caso de algún accidente, siniestro, etcétera, al tener su papelería en regla.
Esta reforma agrega que deben de presentar la renovación de la licencia de funcionamiento o constancia de inscripción establecidas en el Reglamento de Fomento Económico del Municipio de Durango y en el Reglamento para el Control de la Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico del Municipio de Durango, así como dictamen de seguridad de inmuebles, entre otros.
Una vez que sea publicado en la Gaceta Municipal entrará en vigor para que persona física o moral que desee establecer, construir o ampliar inmuebles como fábricas, industrias, comercios, agencias de autos nuevos, talleres de servicios, tiendas de conveniencia, clubes sociales, deportivos y de servicios, así como estancias infantiles, centros educativos (preescolar, primaria, secundaria, preparatoria, universidades, idiomas, computación entre otros), restaurantes, bares, hospitales, por mencionar sólo algunos, que manejen o almacenen sustancias peligrosas y todos aquellos que por su uso y destino reciban afluencia de personas o concentraciones masivas de cualquier índole, deberán dar cumplimiento.
Los interesados también deberán presentar dictámenes de seguridad y de terminación de obra expedidos por la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano; se tendrá en cuenta que todas las vigencias propuestas (de uno a cinco años; de cinco a diez años y mayores de diez años) terminarán su validez siempre y cuando la persona física o moral haya hecho un cambio o modificación a lo establecido en el plano original, en caso de un siniestro o cuando los inspectores de la Dirección encuentren inconsistencias en el dictamen o plano o su visita de revisión al lugar.
Como secretaria de la Comisión de Gobernación, Claudia Hernández Espino expresó que esta reforma viene a legalizar y darle formalidad a procesos y/o acciones que se estaban realizando.
Dejó claro que ninguna manera será de manera recaudatoria y que, en todo caso, se debe revisar el pago de impuestos hasta que se analice y aprueba la Ley de Ingresos del próximo año.