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Catarsis

Tiptip MX por Tiptip MX
mayo 29, 2026
en Opinión
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Por: Felipe Correa

Alanís Herrera cumple con su agenda legislativa y la sociedad.

El Congreso del Estado aprobó las reformas a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado y a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado, para armonizar el marco jurídico local con las reformas constitucionales aprobadas por el Congreso de la Unión, conocidas como “Plan B”.

Con estas labores, las y los integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, encabezados por Ernesto Alanís Herrera, presentaron la iniciativa para dar cumplimiento al mandato federal que establece como fecha límite el 30 de mayo de 2026 para adecuar la legislación estatal al nuevo marco constitucional.

En las modificaciones realizadas se adecuó el número máximo de regidurías en los municipios de mayor población. En el caso del municipio de Durango, pasará de 17 a 15 regidurías, mientras que Gómez Palacio y Lerdo conservan el número actual de 15.

Se actualizó la legislación para reducir de 21 a 18 años la edad mínima para aspirar a cargos municipales, ya sea como alcaldes o regidores, ampliando así el ejercicio de los derechos políticos de la juventud duranguense, y se efectuaron las reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, en donde se indica que las y los diputados, así como los integrantes de los ayuntamientos, no podrán aspirar a la elección consecutiva, en cumplimiento de la reforma constitucional que prohíbe la reelección consecutiva a partir del proceso electoral 2029-2030.

Otra de las modificaciones es sobre la duración de las campañas electorales, para el caso de la Gubernatura del Estado tendrán una duración de 50 días, y las de diputaciones locales serán de 35 días.

En lo que se refiere a los requisitos de elegibilidad, se determinó que, para ocupar una diputación local, alcaldía y regidurías, no deberán haber sido sentenciadas mediante resolución firme por delitos intencionales que ameriten pena privativa de la libertad, por actos de corrupción que impliquen inhabilitación para ocupar cargos públicos o por delitos de violencia política contra las mujeres por razón de género.

De igual manera, se estableció que las y los aspirantes no deberán estar inscritas en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, ni tener o haber tenido en los tres años previos a la elección vínculos de matrimonio, concubinato, unión de hecho o parentesco con quien haya ejercido el cargo dentro del mismo ayuntamiento, cuando se pretenda contender por esa misma posición.

La reforma también actualiza el lenguaje incluyente en la legislación, en concordancia con los principios de paridad e igualdad sustantiva, además de incorporar el principio de alternancia de género en la elección de la gubernatura, obligando a los partidos políticos a observar este criterio en la postulación de candidaturas.

Otras actividades en las que ha cumplido Alanís Herrera, son:
• Incentivos para dar valor agregado a la madera
• Implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
• Protección a familias y grupos vulnerables
• Respaldo legislativo a productores de frijol

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