Del Senado al “Consejo de Seguridad”: la explicación de Sheinbaum sobre Hércules
Por: Alejandro Flores de la Parra.
La llegada a México de un avión militar estadounidense —un C-130 Hércules— debería ser un asunto simple en términos legales, pero se ha convertido en un ejemplo ilustrativo de cómo el discurso oficial puede complicar lo que la Constitución deja bastante claro.
La periodista Karina Aguilar puso el dedo en la llaga al cuestionar a la presidenta Claudia Sheinbaum sobre el aterrizaje de la aeronave en Toluca. La respuesta, lejos de cerrar el tema, abrió un nuevo frente: ya no fue el Senado quien debía autorizar, sino el Consejo Nacional de Seguridad. Consejo que, detalle nada menor, es presidido por la propia presidenta.
Según la explicación más reciente, el avión no vino en misión operativa, ni armada, ni ofensiva. Vino —dice el gobierno— a transportar personal mexicano que viajaría a Estados Unidos para capacitarse. Una decisión “colegiada”. Técnica. Administrativa. Casi burocrática.
Hasta ahí, el argumento busca transmitir normalidad. Pero el problema no está en el propósito del vuelo, sino en el marco constitucional que lo regula.
El punto jurídico que no desaparece.
La Constitución mexicana no habla de “consejos” como autoridad sustituta del Senado en materia de ingreso de fuerzas extranjeras al territorio nacional. El artículo 76 es explícito: corresponde al Senado autorizar la entrada de tropas extranjeras, cualquiera que sea su finalidad.
Un avión militar extranjero no es un objeto neutral. No es un vuelo comercial, ni una aeronave civil alquilada. Tiene tripulación militar, responde a una cadena de mando castrense y forma parte de las fuerzas armadas de otro país. Que “no traiga armamento” no lo desmilitariza. Tampoco lo convierte en un Uber aéreo institucional.
Aquí está el primer problema de fondo: la interpretación política está intentando suavizar una figura jurídica que la Constitución no matiza.
La narrativa que se mueve… y mueve al Senado.
El segundo problema es político, y quizá más delicado. La explicación ha cambiado al menos tres veces:
Primero: “estaba pactado desde octubre”.
Luego: “no requería autorización del Senado”.
Ahora: “fue una decisión del Consejo Nacional de Seguridad”.
Cada versión desplaza un poco más al Senado del centro de la decisión. No se niega su existencia, pero se le rodea, se le bordea, se le hace prescindible. Es una lógica sutil, pero consistente: cuando la Constitución estorba, se le interpreta; cuando interpreta mal, se le administra; y cuando administra mal, se le sustituye por órganos “colegiados”.
El detalle irónico es que, aunque se insiste en que fue una decisión colectiva, la presidenta preside el Consejo. Es decir, no decidió sola… pero sí encabezó la decisión que, casualmente, la exime de haber tenido que pedir permiso al Senado.
¿Legalidad intacta o legalidad reinterpretada?
Sheinbaum asegura que no se violó ninguna ley. Esa afirmación, en política, suele ser el inicio de una discusión, no su cierre. Porque una cosa es no violar una ley de forma explícita, y otra muy distinta es vaciar de contenido una atribución constitucional mediante interpretaciones funcionales.
Si mañana otro gobierno decide que un “consejo” puede sustituir al Congreso para autorizar decisiones sensibles, el precedente ya está puesto. Y los precedentes, en política, pesan más que las explicaciones de coyuntura.
El fondo del debate.
El tema no es si el avión venía con buenas intenciones. Tampoco si la capacitación era necesaria. El fondo es institucional:
¿quién decide cuando se trata de fuerzas armadas extranjeras en territorio nacional?
La respuesta constitucional es clara. La respuesta política, en este caso, ha sido cambiante.
Y cuando las versiones cambian, lo que se erosiona no es solo la explicación, sino la confianza en que las reglas sigan siendo las mismas para todos.
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